Los cónyuges pierden 243.000 € por el recurso fiscal por la venta de las acciones de la mujer al marido

El marido y la mujer se enfrentaban a una factura fiscal adicional de 243.000 € después de que ella vendiera 1,1 millones de euros de acciones de su empresa de propiedad mayoritaria a una empresa controlada únicamente por su marido.

Argumentaron que solo se debe pagar el impuesto a las ganancias de capital en la transacción. Pero el Comité de Apelaciones Fiscales decidió que la venta de las acciones no tenía ningún motivo comercial de buena fe, y la factura fiscal de la venta ascendió a 605.000 €.

Los nombres del esposo y la esposa y sus empresas no fueron revelados en un fallo recién publicado por el Comité de Apelaciones de Impuestos.

La comisión conoció que antes de abril de 2014, la esposa poseía 90 de las 100 acciones emitidas por su empresa. Su esposo es dueño del resto.

Ese mes, el valor estimado de su empresa rondaba los 1,3 millones de euros y sus 90 acciones ordinarias se convirtieron en acciones ordinarias, valoradas en un máximo de 1,1 millones de euros.

Ese mismo mes acordó vender esas 90.000 acciones ordinarias por 1,1 millones de euros a la empresa de su marido.

Tras el trato, en 2015 su esposo presentó una declaración de CGT para 2014 que reveló una ganancia de poco menos de 1,1 millones de euros por la enajenación de la herencia de su esposa y pasivos posteriores de CGT de 362.000 euros, que fueron debidamente pagados. .

En 2016, los Comisionados de Ingresos notificaron al esposo que realizaría una auditoría de sus asuntos fiscales en relación con 2014, citando la tributación de la enajenación de las acciones de su esposa en su empresa.

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En 2018, el Departamento de Ingresos escribió al agente fiscal de la esposa, diciendo que «no estaba dispuesto a aceptar que la transacción de acciones fue por motivos comerciales de buena fe con el argumento de que no se presentó evidencia que sugiera que la transacción fue por motivos comerciales de buena fe». .

Más tarde ese año, Revenue publicó una evaluación de impuestos revisada para 2014 en relación con la transacción. Esta liquidación cobraba un IRPF de 605.000€, que suponía 243.000€ más de lo pagado en la CGT.

El empresario luego apeló al Comité de Apelaciones de Impuestos, insistiendo en que la enajenación de las acciones por parte de su esposa fue por razones comerciales genuinas y no para evadir impuestos.

Dijo que «le gustaría cobrar el valor inherente a sus acciones para proporcionar fondos para hacer frente a una situación de préstamo personal».

Sin embargo, el Comité de Apelaciones Fiscales consideró que no había pruebas para demostrarlo.

El comisionado de apelaciones Connor O’Higgins señaló: «El comisionado no escuchó evidencia alguna sobre las razones del apelante para vender sus acciones».

Agregó: “Ya sea porque tiene deudas que debe pagar o sea por alguna otra razón que no se puede comprobar en ausencia de pruebas”. «Una declaración escueta en un argumento escrito no constituye evidencia».

«Siendo ese el caso», dijo, «el Comisionado encuentra que no hay base para concluir que la disposición de las acciones del apelante fue por una razón comercial de buena fe».

Decidió que se mantuviera la vinculación fiscal de los Comisionados de Ingresos.

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